Plazas: 35
Turno: Libre
Acceso: Oposición
Año: 2023
Paso 1: Generación de la instancia de solicitud
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
De acuerdo con la Legislación de Protección de Datos, Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, le informamos que sus datos personales serán objeto de tratamiento, bajo la responsabilidad del Ayuntamiento de Alicante, con la finalidad de poder dar cumplimiento o respuesta adecuada a su solicitud.
Los datos serán tratados en ejercicio de las potestades atribuidas al Ayuntamiento por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y no se cederán a terceros, salvo obligación legal de cesión a otros organismos.
Mediante instancia dirigida al Ayuntamiento de Alicante, podrá Vd. ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos y limitación u oposición a su tratamiento.
Información adicional
Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra página web:
http://www.alicante.es/es/contenidos/informacion-adicional-proteccion-datos
Teléfono
En caso de no tener teléfono, indique uno que permita establecer comunicación con usted.
Email
Si indica su correo electrónico, se le remitirá también al mismo una copia de la instancia generada y de las instrucciones para su presentación.
NIF / NIE
Número del Documento Nacional de Identidad y letra de control, o Número de Identificación de Extranjeros.
Se aplicará una bonificación del 50% en la tasa cuando el interesado cumpla alguna de las siguientes condiciones:
- Sea miembro de familia numerosa.
- Tenga reconocida una discapacidad del 33% o superior.
- En el caso de encontrarse en situación de desempleo.
IMPORTANTE: Deberá aportarse, junto con la instancia, la documentación pertinente en el Registro General del Ayuntamiento.
Para más información, consulte las bases genéricas de la convocatoria y la ordenanza fiscal de la tasa por concurrencia a pruebas selectivas para el ingreso del personal.
No se exigirá este ingreso a los miembros de familia numerosa de categoría especial.
IMPORTANTE:
- Deberá aportarse, junto con la instancia, la documentación pertinente en el Registro General del Ayuntamiento.
- Esta exención NO es aplicable a las plazas de Consolidación o Estabilización.