Comisiones del Pleno

Comisiones Permanentes

Son las que se constituyen con carácter establece conforme al ROP, para asumir de manera habitual las funciones que le son asignadas por la Ley, en concordancia con las competencias del Pleno.

El Pleno del Ayuntamiento, a propuesta del Alcalde y oída la Junta de Portavoces, determinará el número de miembros, todos ellos Concejales, que han de formar cada una de las Comisiones del Pleno.

El Alcalde es el Presidente nato de cada Comisión. No obstante podrá designar un Presidente efectivo y un Vicepresidente de entre los miembros de la propia Comisión.

Corresponderán a las Comisiones las siguientes funciones:

  1. El estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno.
  2. El seguimiento de la gestión del Alcalde y de su equipo de Gobierno, sin perjuicio del superior control y fiscalización que, con carácter general, le corresponde al Pleno.
  3. Aquellas que el Pleno les delegue, conforme a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Las sesiones podrán ser ordinarias, de periodicidad preestablecida, y extraordinarias, urgentes o no. El Presidente convocará sesiones extraordinarias, en todo caso, cuando lo solicite la cuarta parte, al menos, del número de sus miembros.

Las sesiones serán únicamente públicas, cuando las Comisiones actúen en el ejercicio de las competencias resolutorias delegadas por el Pleno.

Comisión de Presidencia y de Régimen Interior

Esta Comisión fue constituida por Acuerdo del Pleno de 7 de julio de 2023.

Vocales

Comisión de Hacienda

Esta Comisión fue constituida por Acuerdo del Pleno de 7 de julio de 2023.

Vocales

Comisión de Urbanismo

Esta Comisión fue constituida por Acuerdo del Pleno de 7 de julio de 2023.

Vocales

Comisión de Asuntos Sociales y Culturales

Esta Comisión fue constituida por Acuerdo del Pleno de 7 de julio de 2023.

Vocales

Comisión de Servicios

Esta Comisión fue constituida por Acuerdo del Pleno de 7 de julio de 2023.

Vocales